En todos los portales, una noticia: la declaración de
constitucionalidad, por parte de la Corte Suprema de Justicia, sobre los cuatro
artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido
apelados por el Grupo Clarín.
En paralelo, señalaron que dichos artículos fueron el 45 y
el 48, vinculados con las licencias; y el 41 y el 161, sobre el plazo de
desinversión. En tanto, se perfilaron diferencias de interpretación sobre el
voto emitido por cada uno de los magistrados del máximo tribunal.
La Nación acompañó a Clarín en su interpretación sobre la
decisión: ambos advirtieron que se trató de un "dictamen dividido" o
que "no hubo un criterio unánime".
En tanto, el sitio del holding afectado por la decisión
recalcó en su bajada que "el artículo más polémico de la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual -el 161- fue aprobado por 4 a 3". Antes del
mediodía, no arrojó pistas sobre la orientación del pronunciamiento.
El portal del centenario matutino ofreció una cobertura con
énfasis en lo contextual: subrayó que "se trata de un fallo con argumentos
de mucha 'precisión técnica'. Debido a esta complejidad, los magistrados del
máximo tribunal resolvieron dar a conocer los detalles y las implicancias de
una decisión judicial con alto impacto en la vida política de la
Argentina".
Al mismo tiempo, analizó que "en las últimas semanas
trascendió que la Corte Suprema había recibido fuertes presiones del ámbito
político para que se tomara una decisión antes de las elecciones del domingo
último, en las cuales el Gobierno tuvo un resultado adverso".
El Cronista indicó, en un giro retórico tras lo expuesto por
el anterior, que "tal como se preveía, la resolución se dilató hasta
después de las elecciones, como pretendían la mayoría de los jueces, y
desoyendo los pedidos del Ejecutivo".
Por otra parte, TN abordó el rol de "vocero
informal" del Grupo Clarín: para el portal del canal de noticias, con un
dejo legalista, afirmó que la Corte "ratificó los artículos que obligan a
la desinversión y a la restricción de las licencias" para luego hacer un
racconto de las últimas medidas judiciales y apelaciones presentadas por el
holding.
Previamente, había especulado con la posibilidad de que la
decisión fuera "a favor" del Poder Ejecutivo.
Infobae, de los primeros en remarcar el carácter del
pronunciamiento judicial, resaltó que "coincidió con el criterio del juez
de primera instancia Horacio Alfonso, que se había pronunciado a favor de la
validez de la norma. Y revisó el fallo de la Cámara Federal Civil y Comercial
que se había expedido en contra de la constitucionalidad de dos de los
artículos citados". La Gaceta lo acompanó, y con un indicador futboleero,
realzó que "se asegura que la decisión habría sido 4 a 3 a favor del
Gobierno nacional".
Con posterioridad el sitio de Hadad jerarquizó, casi en un
guino a Clarín, que "la Corte señaló que deben protegerse los derechos de
propiedad de los licenciatarios con una indemnización".
Telam, con inusitada neutralidad, editó que el Máximo
Tribunal "dictaminó la constitucionalidad de la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual cuestionada por el Grupo Clarín". Recién al
interior, evindeció un cierto reproche: resaltó que lo hizo "tras cuatro
años de demora".
Perfil indicó por su parte que "en contra lo hicieron
Carlos Maqueda, Carmen Argibay y Carlos Fayt", dato que Infonews matizó al
aclarar que los dos primeros "aprobaron parcialmente la ley" y
"sólo Carlos Fayt votó en contra".
Minutouno, en tanto, interpretó que tanto Maqueda como
Argibay "hicieron una aprobación parcial" para luego acercarse a lo
anteriores y editar el fallo negativo del nonagenario magistrado. Más tarde, lo
acompanó Página.
Esta misma característica elevó Ámbito: fijó que "el
más veterano de los integrantes del Tribunal (...) habría considerado que con
la sanción de la norma 'hubo un agravio a libertad de expresión', en
coincidencia con la argumentación de Clarín".
La Voz y Los Andes se mostraron simbióticos en sus titulares
y, elocuentes, lo intepretaron como un disputado fallo.
(Fuente: DIARIO SOBRE DIARIOS)