Las víctimas de la dictadura en Entre Ríos reclaman que se
les permita declarar en audiencias públicas. La causa se tramita por el antiguo
Código, que fija el procedimiento escrito, al que los organismos de derechos
humanos califican de oscurantista y arcaico.
Por Juan Cruz Varela
Treinta años han pasado desde el inicio de la investigación y diez desde el desarchivo de la denominada megacausa Area Paraná, en la que se investigan los delitos cometidos durante la última dictadura cívico-militar en la zona oeste de la provincia de Entre Ríos. Ahora, por fin, parece avistarse una luz de justicia al final del camino y el juez de sentencia Leandro Ríos se encuentra ante una decisión crucial: hoy deberá resolver quiénes serán los testigos que tendrán que declarar y, sobre todo, dar una respuesta al interés de los familiares y víctimas para que esas testimoniales se realicen en audiencias públicas.
En la causa se investigan secuestros y torturas en centros
clandestinos de detención contra 52 víctimas, 5 de las cuales permanecen
desaparecidas: Claudio Fink, Victorio Erbetta, Carlos Fernández, Juan Alberto
Osuna y Pedro Sobko. Por estos hechos hay ocho represores sentados en el
banquillo de los acusados: los ex militares José Anselmo Appelhans, Jorge
Humberto Appiani, Oscar Ramón Obaid y Alberto Rivas; el ex policía federal
Cosme Ignacio Marino Demonte; la ex carcelera Rosa Susana Bidinost; el ex
policía entrerriano Carlos Horacio Zapata y el médico Hugo Mario Moyano. Otros
trece represores fallecieron o fueron separados del proceso por razones de
salud en estos años.
Las actuaciones tramitan por el antiguo Código de
Procedimientos en Materia Penal, de 1888, vigente al momento en que ocurrieron
los hechos, un sistema al que las víctimas no se cansan de calificar como
“oscurantista” y “arcaico” y que prevé actuaciones escritas.
Fue la Corte Suprema la que inclinó a favor de los
represores una larga discusión jurídica, al permitirles escoger el
procedimiento bajo el cual serían juzgados. Pero eso que en un principio
permitió destrabar el proceso judicial e hizo que entre 2009 y 2011 sean
detenidos, indagados y procesados ex militares, policías, agentes
penitenciarios y civiles, fue luego la herramienta de la cual se valieron los
represores para embarrar el proceso mediante una sucesión de chicanas dilatorias.
Ríos deberá resolver hoy a quiénes convoca a declarar como
testigos. En ese marco tendrá que responder al planteo de los familiares y
víctimas de que esas testimoniales se realicen en audiencias públicas.
Es que la aplicación del viejo Código significó la
declinación de la participación ciudadana en lo que tiene que ver con la
publicidad del proceso. Sin embargo, los abogados querellantes y los fiscales
encontraron un resquicio para exponer el horror de la dictadura a través del
testimonio de las víctimas. El mismo Código establece que “las diferentes
actuaciones de prueba se practicarán en audiencia pública, excepto cuando la
publicidad fuere peligrosa para las buenas costumbres, lo cual declarará en
acto especial el juez de la causa”.
Así se hizo, por ejemplo, en una causa por secuestros,
torturas y desapariciones de un grupo de militantes montoneros en el marco de
la contraofensiva. En el año 2007, el juez federal Ariel Lijo dictó la primera
condena contra militares por delitos de la dictadura desde la anulación de las
leyes de obediencia debida y punto final, en una causa que también se tramitó
por el antiguo Código y tuvo audiencias públicas en la etapa de testimoniales,
alegatos y lectura de la sentencia. A partir de ese antecedente es que los
querellantes sustentan su postura sobre la necesidad de que las audiencias sean
públicas.

Tejera enfatizó que “no entender estas audiencias de manera
pública es no entender el proceso de verdad y justicia que han desandado
durante tantos años los organismos de derechos humanos, y es no entender
tampoco el papel de la Justicia”, y agregó que “las víctimas vienen contando su
verdad desde que fueron liberadas. Con el tiempo, el aporte de las víctimas en
estas causas se ha ido reforzando por la memoria y por el proceso interno que
cada uno ha podido realizar”.
Por su parte, desde la agrupación Hijos Regional Paraná, que
es querellante en la causa, le pidieron al juez “que permita la declaración
testimonial de las víctimas y familiares, sin recortes arbitrarios del listado
de testigos”, a la vez que reclamaron que “las audiencias testimoniales se
realicen en forma oral y pública, de manera de permitir el acceso de la
ciudadanía a un acto histórico como es el juzgamiento de los genocidas” y que las
declaraciones de víctimas sean difundidas “a través de los medios de
comunicación y de los canales de transmisión propios del Poder Judicial”.
Para reforzar ese reclamo, los organismos de derechos
humanos le presentaron ayer una nota al juez con unas 500 firmas, pidiendo que
las audiencias sean orales y públicas. “El pueblo de Paraná necesita ser parte
de esta instancia para la reparación de los lazos sociales que vino a romper la
dictadura cívico-militar”, señalaron en la misiva.
La denominada megacausa Area Paraná es la que concentra la
mayor cantidad de denuncias por crímenes de lesa humanidad cometidos en Entre
Ríos durante la dictadura cívico-militar y se encuentra actualmente en la etapa
de plenario, es decir, el juicio propiamente dicho. Los fiscales pidieron que
se cite a declarar a 16 personas, mientras que las querellas solicitaron 25
testigos. En cambio, el represor Appiani, que fue autorizado a ser su exclusivo
defensor, pidió la comparecencia de 120 testigos, a los que además pretende
interrogar él mismo.
Los querellantes solicitaron que no se permita al represor
interrogar en forma directa a los testigos, y los fiscales José Ignacio
Candioti y Mario Silva plantearon que lo haga a través del juez. El planteo
tiene como objetivo evitar la revictimización de estas personas. “Appiani era
quien sometía a los detenidos a interrogatorios bajo tortura y les hacía firmar
declaraciones que luego eran utilizadas en su contra en los consejos de
guerra”, explicó el querellante Marcelo Boeykens.
Es de esperar que una vez resuelta esta situación, el juez
fije fecha para las testimoniales y, si no se producen nuevas dilaciones, la
causa podría tener sentencia antes de fin de año.
(Fuente: Página 12)