El canal volver deberá indemnizar a actores por repeticiones
de películas en las que actuaron. Es a raíz de una demanda iniciada por el
fallecido actor Ricardo Bauleo contra el canal de cable, perteneciente al Grupo
Clarín.
El fallo favorable para los demandantes, permitirá cobrar a
sus deudos y a otros damnificados identificados en la causa la suma de 827.475
pesos más actualizaciones, por la repetición de películas, series y unitarios
en los que participaron.
La Sala H de la Cámara Civil porteña confirmó un fallo de
primera instancia en el que se reconoció el derecho de los actores demandantes
a cobrar una suma de dinero por las emisiones repetidas entre el 18 de
setiembre de 1999 y el 31 de diciembre de 2006 de los programas y películas en
las que habían trabajado.
“Si bien el Canal Volver puede utilizar en sus transmisiones
el material de archivo gracias a que la ley argentina le asegura una licencia
(o permiso) para difundir por televisión interpretaciones de los artistas
actores, no cumple con las obligaciones que derivan de tal aprovechamiento”,
sostuvo la demanda.
Al no existir una referencia particular para los intérpretes
audiovisuales, los actores pidieron que se les aplique el mismo plazo de
protección que a los autores, de cincuenta años a partir del fallecimiento del
último de los colaboradores.
En la extensa lista de obras repetidas en Volver incluye “Al
diablo con este cura”, “Así es Buenos Aires”, “Autocine mon amour”, “Canuto
Cañete detective privado”, “Canuto y Cañete y los 40 ladrones”, “Cautiva de la
selva”, “Destino para dos”, “Don Carmelo Il capo”, “El cabo tijereta”, “El derecho
de gozar”, “El novicio rebelde” y “En busca del brillante perdido”.
También, “Enfermero de día, camarero de noche”, “Gitano”,
“Hipólito y Evita”, “Los superagentes y los paraguas asesinos” y “La Banda del
Golden Rocket”, entre muchos otros.
Los camaristas Claudio Kiper, Sebastián Picasso y Liliana
Abreut de Begher, rechazaron la postura de Volver que negó las repeticiones y
aceptó las pruebas presentadas los actores al tiempo que destacaron que el
canal del Grupo Clarín “obtenía beneficios económicos al difundir las obras en
las que habían participado los actores”.
El tribunal también desestimó los planteos de “prescripción”
de los reclamos y de inconstitucionalidad de las normas que consagraron los
derechos de los actores sobre las repeticiones en las obras en las que
participaron.a actores por repeticiones en las obras en las que participaron.