A pesar del inenarrable espectáculo del asesinato y la
mutilación de los miles de niños, mujeres, ancianos y familias completas, se intenta justificar lo injustificable con el
argumento de que “los terroristas palestinos son los responsables”.
Mucho se ha escrito, y es necesario que se siga escribiendo, sobre la inmensa falacia e hipocresía de esta afirmación cuando a un pueblo entero se le vienen negando sistemáticamente, durante décadas, los más elementales derechos. No incidiré ni insistiré sobre ello, ni me referiré a la historia que lleva a esta historia. Aunque es muy difícil no hacerlo, especialmente cuando se tiene ascendencia judía, se está orgulloso de tenerla y, entre otros sentimientos dolorosos, se experimenta una inmensa vergüenza por lo que viene sucediendo.
Por parte del Estado de Israel no sólo se producen una y
otra vez, entre otros delitos de derecho internacional, masacres como ésta a la
que acabamos de asistir, sino que se detiene y se juzga a quienes son acusados
de actos de terrorismo. Miles de palestinos pueblan las cárceles israelíes. A
las víctimas israelíes las instituciones del Estado de Israel les otorgan
amparo y reparación.
Nadie juzga, en cambio, a los responsables de los crímenes
cometidos por el Estado de Israel.
Es indiscutible que estamos ante crímenes de guerra,
crímenes de lesa humanidad y/o genocidio. No lo niegan ni aún quienes los
justifican. El testimonio incontestable de las imágenes lo acredita. Y no se
trata en este caso de crímenes cometidos por una organización terrorista, sino
que el terrorista es el Estado mismo. Ni se investigan los delitos cometidos
contra los ciudadanos palestinos, ni a las víctimas palestinas se les otorgan
amparo y reparación.
Con ocasión de una de las anteriores matanzas, la denominada
Plomo Fundido, escribí en Página/12, el 27 de enero de 2009, un artículo
titulado “Justicia universal para Gaza” en el que señalaba que no había que
tener dotes proféticas para aventurar que no actuaría la Corte Penal
Internacional y que de no perseguirse a los criminales, el crimen,
irremisiblemente, volvería a cometerse. Así ha sucedido.
En ese artículo llamaba a que se aplicara el principio de
justicia universal, que tanto colaboró para el final de la impunidad que
protegía a los grandes criminales en muchos de nuestros países. Este principio
jurídico se resume en que quienes cometen crímenes contra la humanidad deben
ser perseguidos por los tribunales de justicia de todos los países del mundo,
independientemente de la nacionalidad de víctimas y victimarios y de los
intereses particulares del Estado al que pertenecen dichos tribunales.
Constituye un avance de la civilización humana.
Como sabemos, la detención de Augusto Pinochet en Londres,
el juicio y la condena que cumple en una cárcel española el marino y represor
argentino Adolfo Scilingo, la extradición desde México a España del también
oficial de la marina argentina Ricardo Miguel Cavallo y su posterior entrega a
tribunales argentinos para que fuera juzgado por sus crímenes, y las cientos de
órdenes internacionales de detención que fueron libradas por Baltasar Garzón
contra los responsables de las violaciones de los derechos humanos sufridas por
los pueblos argentino y chileno, constituyeron la más alta y efectiva
aplicación de este principio, acorralaron a los victimarios y confortaron a las
víctimas que se sintieron acompañadas en su lucha por la justicia.
Al calor de estos acontecimientos, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos emitió una Recomendación el 8 de diciembre
de 1998, y una Resolución el 24 de octubre de 2003, instando a los países de
América a que ejercieran la jurisdicción universal.
El 4 de diciembre de 2001 fueron presentados en las Naciones
Unidas los llamados Principios de Princeton sobre jurisdicción universal
suscriptos por más de cincuenta notables juristas de todo el mundo. En ellos se
destaca que el principio de justicia universal se ha convertido en una norma
imperativa del derecho internacional y, por lo tanto, ni siquiera es preciso
que esté contemplado expresamente en las leyes escritas. Sin perjuicio de ello,
está incorporado en las constituciones y legislaciones de muchos países del
mundo. En su virtud, actualmente se tramitan ante juzgados federales argentinos
causas judiciales contra los responsables de los crímenes perpetrados por el
franquismo en España y la dictadura de Stroessner en Paraguay.
Se trata de aplicarlo ahora no respecto de crímenes pasados,
sino actuales. Si se quiere hacer efectiva la solidaridad y apoyo a las
víctimas palestinas, si se pretende que los crímenes no vuelvan a cometerse una
vez más impunemente, se deben articular los medios para que sus responsables
sean perseguidos internacionalmente.
Los gobiernos de la mayor parte de los países de América
latina, y las organizaciones regionales en que se integran, han expresado su
consternación y condena ante los crímenes a través de declaraciones y/o medidas
de distinta índole. Es muy importante, pero insuficiente.
Estamos ante los crímenes más graves que pueden cometerse
contra los seres humanos. Y los crímenes se investigan en los tribunales de
Justicia. Es necesario e imperioso que en aplicación del principio de justicia
universal y en cumplimiento de lo establecido en las normas y principios del
derecho internacional los delitos sean investigados, se dicten contra los
responsables órdenes internacionales de detención y sean finalmente castigados.
Por el pueblo palestino, pero también por los judíos que en
el mundo, y en Israel, se oponen a este horror. Justicia, justicia perseguirás.
A perseguir justicia nos convoca la Torá, libro sagrado de los judíos.
Cumplamos su mandato.