La justicia hizo lugar a un planteo contra el decreto de
Macri que eliminó la AFSCA, para tramitar un amparo.
La Cámara Federal de Mar del Plata revocó un fallo de
primera instancia y advirtió que "la entidad de los derechos constitucionales"
violados por los decretos de Macri "ameritan la apertura de la vía del
amparo".
La Cámara Federal de Mar del
Plata revocó un fallo de primera instancia y tramitará un amparo contra el
decreto presidencial que generó la disolución de la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y creó el Ente Nacional de
Comunicaciones (ENaCom), el organismo que se convirtió en nueva autoridad de
aplicación en materia audiovisual y de telecomunicaciones.
Fuentes judiciales indicaron que,
de esta manera, el tribunal habilitó el tratamiento de la acción entablada por
Osvaldo Guillermo Francés, integrante de la Asociación de Radiodifusoras
Bonaerenses y del Interior de la República Argentina (Arbia) y vicepresidente
del disuelto Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca).
"La entidad de los derechos
constitucionales cuya violación es aquí aducida, ameritan la apertura de la vía
del amparo, pues no sólo se relacionan con el derecho a la libertad de
expresión, sino que incluso se encuentran vinculados con la forma republicana
de gobierno", sostuvo la Cámara.
El Cofeca fue eliminado por
aplicación de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que dispusieron la
intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(AFSCA), su reemplazo por otro organismo e introdujo cambios en la ley de
Medios.
Francés advirtió que los decretos
presidenciales "más allá de la intervención del AFSCA, crearon una nueva
autoridad de aplicación de normativa audiovisual y de telecomunicaciones"
y cuestionó "la utilización de los decretos de necesidad y urgencia para
sobrepasar la voluntad del Poder Legislativo".
El planteo había sido desestimado
en primera instancia por el juzgado federal número cuatro de Mar del Plata pero
la Cámara, con las firmas de los jueces Jorge Ferro y Eduardo Pablo Jiménez
revirtió esa decisión y sostuvo que "es indudable que no puede
cuestionarse aquí la legitimación del amparista para someter la cuestión al
amparo judicial".
"Es claro aquí que los
decretos impugnados disuelven el organismo integrado por el amparista,
afectándose así nítidamente facultades de actuación que habían sido alcanzadas
mediante la designación legítima como representante en el Cofeca",
sostuvieron los jueces.